Libres para educar

Educación etimológicamente significa acción y efecto de alimentar, no sólo material, sino intelectual y moralmente a las personas. Por tanto, podemos decir que Educación es el proceso por el cual una persona desarrolla sus capacidades para enfrentarse positivamente a un medio social determinado e integrarse a él. Pero ¿qué es educar? Educar es una acción encaminada a ayudar a los individuos a desarrollarse como personas y a integrarse en la sociedad, mediante la transmisión de los múltiples aspectos del patrimonio cultural de cada pueblo. Es, por consiguiente, una expresión del derecho a la cultura, porque se trata de buscar el desarrollo de todos los aspectos de la persona. La educación ha de ser: un proceso global e integrador y un proceso libre de alienaciones, sin estar motivado por ningún interés social, ni puede estar manipulada. La educación se orienta al aprendizaje de la responsabilidad y de la verdadera libertad. Y es un proceso evolutivo, progresivo, permanente y personalizador. Por eso, el mismo el Concilio Vaticano II afirma este derecho: “Todos los hombres, de cualquier raza, condición y edad, tienen el derecho inalienable de una educación que corresponda al propio fin, al propio carácter, al diferente sexo y que sea conforme a la cultura y a las tradiciones patrias y, que esté abierta a las relaciones fraternas con otros pueblos para fomentar la paz y la unidad….”(Gravissimun Educationis, 1). El derecho a la educación es un derecho fundamental y universal de todos los seres humanos que les permite adquirir conocimientos y alcanzar así una vida social plena. Pero junto al derecho a la educación hay que destacar que este derecho se pueda ejercer en libertad. Este derecho a la libertad en la educación se recoge en la Declaración Universal de Derechos Humanos del Consejo de Europa y en la Carta de los Derechos Fundamentales, en su artículo 26, afirmando que los padres tienen el derecho a elegir la educación que prefieren para sus hijos y que es un principio que un Estado no puede negar o manipular. El derecho a la libertad de educación lo recoge también nuestra Carta Magna, La Constitución Española de la que se cumplan 40 años, en el artículo 27, 1, afirmando “se reconoce la libertad de enseñanza” . Y en el párrafo 3 de ese mismo artículo se dice: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Del derecho a la libertad de educación podemos extraer algunas afirmaciones:
1) Es un derecho que exige libertad: libertad de elección del tipo de educación y enseñanza que los padres prefieran.
2) Es un derecho que exige igualdad de oportunidades de acceso a los bienes educativos.
3) Es un derecho y una obligación familiar. La familia como primera educadora, corresponde a los padres ese deber de educar.
4) La sociedad y el Estado deben garantizar el ejercicio real y efectivo de este derecho. Para concluir, afirmamos que el derecho a la libertad de educación está fundamentado en la misma naturaleza del ser humano y es básico para cualquier sociedad. El derecho a educar y a ser educado en libertad no puede ser conculcado por los Estados o las Administraciones públicas. Es un derecho primario que todos debemos respetar.

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